
Un Juzgado de
Familia de la Provincia de Buenos Aires, autorizó a una madre a compartir con
su hijo una celebración religiosa de cinco días que había sido cuestionada por
su ex marido. La jueza destacó el respeto a las creencias religiosas de los
progenitores y desalentó llevar a la Justicia este tipo de conflictos.
En esa línea,
añadió que compartir unos días con su madre, en un marco de festividad y
encuentro familiar, puede repercutir favorablemente en él, e incrementar el
vínculo de ambos, en especial porque este es el ámbito en que su madre se
siente cómoda y a gusto.
"El marco
de la educación moral y religiosa no puede contraponerse con la obligación de los
padres de brindar a sus hijos educación y garantizar el derecho al
esparcimiento y vida social acorde con su edad", explicó la magistrada, y
añadió que ambos padres podrán guiar a su hijo de acuerdo a sus propias
convicciones y en línea a la religión que cada uno profesa; pero, de modo
alguno pueden imponerla ni cercenarle ninguno de sus derechos.
Por último, la
titular del juzgado resaltó que "la pertenencia de la madre a una religión
no constituye una causal de inhabilidad, ya que la pertenencia a esa fe no
implica conductas exteriores jurídicamente relevantes que estén sometidas a la
autoridad de los magistrados".
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